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Delito de asesinato

Prisión permanente revisable por asesinato agravado en residencia de ancianos

Delito de asesinato

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto un caso muy grave ocurrido en una residencia de mayores en León. La condenada era auxiliar del centro y la víctima era una mujer de 98 años, con demencia avanzada y una dependencia total, es decir, una persona que no podía defenderse ni entender bien lo que pasaba a su alrededor.

Según se dio por probado, la auxiliar primero agredió a la anciana (con agresiones físicas y verbales) causándole lesiones leves. Después, en un paso mucho más serio, le inyectó insulina en una dosis letal. Esa insulina, además, no era de la víctima, pertenecía a otra residente del centro. La inyección provocó una intoxicación muy grave y la anciana falleció poco tiempo después. La causa médica del fallecimiento se vinculó a una encefalopatía metabólica severa derivada de esa intoxicación.

Una parte importante del recurso giraba en torno a la prueba ya que la defensa cuestionaba si realmente se había respetado la presunción de inocencia y si era válido condenar con una prueba basada en indicios. El TS aclara que se puede condenar con prueba indiciaria siempre que esos indicios estén acreditados y se valoren en conjunto, de forma razonable, sin “trocearlos” o analizarlos de manera aislada.

También se discutía el papel del jurado, el Tribunal recuerda que el control judicial sobre el veredicto existe, pero no para sustituir lo que el jurado ha valorado directamente, sino para comprobar que la decisión es racional y está motivada.

En lo penal, el TS confirma que se trata de un asesinato con alevosía por desvalimiento (por la indefensión total de la víctima) y además aprecia la especial vulnerabilidad por la edad y la enfermedad. Considera que ambas circunstancias son compatibles y, por ello, fija la pena de prisión permanente revisable. Además, mantiene la condena por las lesiones leves y la responsabilidad civil ya establecida.

 

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